Las reformas al Código Fiscal planteadas en el presupuesto 2022 le darán dientes a la Secretaría de Finanzas de Nuevo León para actuar en contra de los incumplidos, al crear la figura del aseguramiento precautorio de bienes, endureciendo las penas por infracciones relacionadas al Registro Estatal de Contribuyentes y elevando a delito de defraudación fiscal el cambiar de domicilio sin notificar a la autoridad.
En el primer caso, la modificación permitirá practicar el aseguramiento precautorio de bienes o de la negociación de los contribuyentes cuando se opongan u obstaculicen el ejercicio de las autoridades fiscales.
ASEGURAMIENTO PRECAUTORIO DE BIENES
- ¿Cuándo se hace?
- Si el contribuyente no es localizado en el domicilio fiscal
- Si no puede acreditar posesión legal de mercancías en locales, puestos fijos o semifijos
- ¿Qué se llevan?
* Depósitos bancarios
* Dinero y metales preciosos
* Bienes inmuebles y muebles
* Derechos de autor sobre obras literarias, artísticas o científicas, patentes
* Obras artísticas, colecciones científicas
* Joyas, medallas, armas, antigüedades
Por otra parte, una modificación más tipifica como infracciones relacionadas al Registro Estatal de Contribuyentes el no citar la clave de registro o utilizar alguna no asignada por la autoridad y señalar como domicilio fiscal un lugar distinto del que corresponda y eleva las sanciones por estos hechos de manera sustancial.
En tanto, para desincentivar las operaciones con dinero mal habido, se establece como delito de defraudación fiscal cuando.
DEFRAUDACIÓN FISCAL
* Existan recursos que provengan de transacciones de naturaleza ilícita
* Un contribuyente desocupe o desaparezca del lugar donde tiene su domicilio fiscal sin presentar el aviso de cambio.
De aprobarse, las modificaciones entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2022.