Tribunal ordena a Congreso de Nuevo León sesionar para reponer Mesa Directiva

No obstante, fuentes legislativas indicaron que los partidos PRI y PAN planean ignorar la notificación.

Congreso local | Luis Guerra
Nuevo León /

El Tribunal Estatal Electoral notificó al Congreso local que la diputada panista Myrna Grimaldo, en su calidad de Presidenta solemne, deberá convocar a una sesión de Pleno en menos de 24 horas para reformar la conformación de la Mesa Directiva e incluir a Movimiento Ciudadano (MC) como la primera minoría.

Según el resolutivo del Tribunal, emitido por mayoría, el Congreso debería sesionar este jueves para cumplir con la modificación solicitada por el órgano electoral. No obstante, fuentes legislativas indicaron que los partidos PRI y PAN planean ignorar la notificación.

“Se vincula a la diputada Myrna Isela Grimaldo Iracheta para que en su calidad de Presidenta Solemne convoque a los integrantes de la Septuagésima Séptima Legislatura del Congreso del Estado a una sesión que deberá verificarse dentro de las veinticuatro horas siguientes en que reciba la notificación.”
“A fin de que se reponga el procedimiento de integración y designación de la Directiva que fungirá durante el primer año de ejercicio constitucional, en la cual su presidencia deberá recaer en una diputación del partido Movimiento Ciudadano que le corresponde la primera minoría”, señaló.

Con esto, quedaría sin efectos la Mesa Directiva femenina apenas nombrada ayer con Lorena de la Garza, del PRI, nuevamente como Presidenta.

El órgano electoral estableció que Movimiento Ciudadano es la primera minoría y que, por ello, le corresponde la Presidencia de la Mesa Directiva, recayendo, según las fuentes a Sandra Pámanes al frente.

“Si bien el PAN y MC obtuvieron diez diputaciones, lo cierto es que el primero de ellos tiene más diputaciones por el principio de mayoría relativa, lo que lo sitúa materialmente como el grupo legislativo de mayoría y, por tanto, MC se ubica materialmente como el grupo legislativo de primera minoría para los efectos de lo previsto en el artículo 52 de la Ley Orgánica.”
“Lo anterior encuentra sustento al tomar en cuenta los resultados electorales, pues tales resultados son la manifestación directa y auténtica de la voluntad popular, tal como lo ha reconocido la Sala Superior en la sentencia recaída al SUP-REC- 11276/2024. Estos resultados otorgan legitimidad a los escaños asignados a cada grupo parlamentario y constituyen la base para la conformación inicial de los grupos legislativos”, señaló.

bimc

  • Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de TELEDIARIO; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
LAS MÁS VISTAS