El pasado martes 19 de septiembre, un grupo de cuatro mujeres que viajaba en el Sistema de Transporte Colectivo (STC) Metro de la Ciudad de México, esto luego de quedarse dormidas en el vagón de un tren perteneciente a la Línea 3, misma que va desde Indios Verdes a Universidad.
El caso se dio a conocer a través de un video que ha estado circulando en los últimos días por las redes sociales, así lo informó la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC).
Los hechos ocurrieron cuando elementos de la Policía Bancaria e Industrial (PBI) de la SSC le pidió a cuatro usuarias que descendieran del vagón debido a que el tren en el que viajaban dejaría de dar servicio.
La institución informó que, tras varios intentos, las mujeres no hicieron caso a las indicaciones, por lo que el tren siguió su camino hacia el área conocida como tapón con las mujeres a bordo, y una vez que se dirigió al andén de salida, las policías les indicaron que, por haber desobedecido la indicación de desalojar las instalaciones en el lugar debido, incurrieron en una falta administrativa.
Las cuatro mujeres, entre las que se encontraban dos de 18 y dos de 19 años, fueron informadas de sus derechos de ley y presentadas ante el juez cívico correspondiente, el cual aplicó la sanción debida.
Al momento de ser aseguradas, las cuatro jóvenes mostraron renuencia y forcejearon con las oficiales, por lo que, por seguridad de las mismas y de las policías, se hizo uso de los candados de mano, actuando de acuerdo al protocolo de actuación policial, conforme a la Ley que Regula el Uso de la Fuerza, informó la Secretaría de Seguridad Ciudadana.
- Policía
¿Me pueden multar por quedarme dormido en el Metro CdMx?
En el Artículo 230 del Reglamento de la Ley de Movilidad del Distrito Federal se dan a conocer las prohibiciones a los usuarios del servicio público de transporte masivo de pasajeros.
De acuerdo a la fracción XV del mismo, queda prohibido "permanecer en las instalaciones, unidades, carros y/o vagones o estaciones fuera del horario establecido para el servicio de transportación, o cuando así lo indique el personal operativo competente".
Mientras que la Ley de Cultura Cívica estipula, en su Artículo 29, las infracciones contra el entorno urbano de la ciudad, en donde se señala que una de ellas es "ingresar a zonas señaladas como de acceso restringido en los lugares o inmuebles destinados a servicios públicos, sin la autorización correspondiente o fuera de los horarios establecidos", de acuerdo con la fracción XI del mencionado artículo.
El tabulador de infracciones indica que, al tratarse de una falta tipo C, la persona recibirá una sanción económica equivalente a entre 21 y 30 Unidades de Medida y Actualización (UMA), es decir, de 2 mil 178.54 a 3 mil 112.2 pesos; un arresto de entre 25 y 36 horas o trabajo comunitario de 12 a 18 horas.
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DR